Trump pide a la Corte Suprema permitirle utilizar la Ley de Enemigos Extranjeros para deportaciones
Donald Trump recurrió a la Corte Suprema para se le permita continuar deportando a presuntos del “Tren de Aragua” bajo la Ley de Enemigos Extranjeros
Donald Trump insiste en deportar a los presuntos del “Tren de Aragua” hacia El Salvador. Crédito: Mark Schiefelbein | AP
En respuesta a las órdenes de tribunales inferiores que bloquean las deportaciones de presuntos de pandillas venezolanas bajo la Ley de Enemigos Extranjeros en tiempos de guerra, la istración encabezada por Donald Trump solicitó la intervención de la Corte Suprema para que revoque los fallos.
La controversia inició a hace unas semanas cuando el jefe de la nación invocó la Ley de Enemigos Extranjeros de 1798 para ordenar la deportación de inmigrantes venezolanos por presuntamente ser de la pandilla conocida como “Tren de Aragua”.
El argumento del republicano de 78 años fue que el grupo delictivo estaba “perpetrando, intentando y amenazando con una invasión o incursión depredadora contra el territorio de Estados Unidos”.
Basado en ello, declaró que todos los del “Tren de Aragua” infiltrados en territorio estadounidense están “sujetos a aprehensión, detención y expulsión inmediatas”.
Posteriormente, cinco venezolanos detenidos en un centro para inmigrantes en Texas presentaron una demanda en Washington, DC, con el objetivo de evitar su deportación bajo la Ley de Enemigos Extranjeros, la cual únicamente se ha invocado en tres ocasiones anteriores, todas ellas en tiempos de guerra.

Al respecto, el juez federal James Boasberg se negó a permitir que la istración reanudara las deportaciones de venezolanos a una cárcel de máxima seguridad con sede en El Salvador, esto al menos durante 14 días.
Además, amplió su orden para impedir que, amparándose en la Ley de Enemigos Extranjeros, la istración Trump deportara a cualquier migrante considerado miembro del Tren de Aragua.
Sin embargo, Sarah Harris, procuradora general en funciones, señaló que el tribunal de distrito ha desestimado las decisiones del presidente.
“Este caso plantea interrogantes fundamentales sobre quién decide cómo llevar a cabo operaciones sensibles relacionadas con la seguridad nacional en este país: el presidente, a través del Artículo II, o el Poder Judicial, mediante (órdenes de restricción temporal).
La Constitución ofrece una respuesta clara: el presidente. La república no puede permitirse otra opción.
Las órdenes del tribunal de distrito han desestimado las decisiones del presidente sobre cómo proteger a la nación contra organizaciones terroristas extranjeras y corren el riesgo de tener efectos debilitadores para las delicadas negociaciones internacionales”, indicó.
Mientras tanto, la Corte Suprema les solicitó a los abogados de los cinco demandantes venezolanos que respondan a la solicitud del Departamento de Justicia antes del 1 de abril.
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